El artículo 74 de la LUC agrava las penas de microtráfico en los casos en los que se ingrese droga en la cárcel o se venda droga en el hogar. Un delito que en el caso de las mujeres es cometido por personas en situación de vulnerabilidad, en muchos casos extorsionadas por parejas y familiares presos que demandan el ingreso de 15, 20 o 40 gramos de marihuana a las cárceles.

La medida ha provocado una explosión de mujeres presas en el sistema carcelario, mujeres que dejan afuera hijos, que sin su cuidado, quedan en situaciones extremas y en muchas ocasiones son enviados al Inau.

El artículo establece, además de una pena sumamente excesiva, un régimen de una desigualdad muy grande con aquellos narcotraficantes que, por ejemplo, están esperando su juicio en situación de prisión domiciliaria. Casos de alta visibilidad, donde por ejemplo, incluso la justicia ha autorizado al imputado a viajar al exterior a casarse, habiendo traficado 4000 kilos de cocaína.

Así, la LUC plantea una doble injusticia sobre mujeres en situación de pobreza y de violencia de género, un castigo del sistema penal agravado por la Ley de Urgente Consideración.

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